El 07 de octubre se conmemora el trabajo decente en Colombia y mientras tanto el comportamiento de la empleabilidad sigue siendo preocupante.
Así lo demuestra el más reciente reporte sobre el mercado laboral realizado por el DANE, con datos inquietantes de agosto de 2022, a pesar de que se evidencia una mejora en casi todos los índices respecto de los datos del mes agosto del año pasado.
La proporción de la población ocupada informal en nuestro país sigue siendo más de la mitad de quienes tienen edad para trabajar y se encuentran ocupados. Esto es, que el 57,5% de las personas ocupadas, si bien reciben un ingreso a cambio de vender su fuerza de trabajo, no tienen garantías con un marco jurídico de protección.
Hace más de cien años en el mundo existen medidas que buscan garantizar el trabajo en condiciones humanas, pues con el Tratado de Versalles, que puso fin a la primera guerra mundial, se creó la Organización Internacional del Trabajo con el propósito de reconocer la necesidad del empleo pleno y productivo, además de responder al peligro que representaba la ciudadanía con carencias y que podría atentar contra la convivencia social recientemente restablecida.
Desde entonces se procura contar con figuras protectoras del trabajo como medida de justicia social, que luego fueron ampliadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos, prometiendo el trabajo libre, equitativo, con tiempos de descanso y recreación, con coberturas tanto asistenciales como económicas por enfermedad, accidentalidad, vejez, muerte o desempleo y con la posibilidad de asociarse en sindicatos, adicionalmente de reconocer la necesidad de una remuneración que debe ser tanto equitativa como satisfactoria.
En Colombia contamos con un Código Sustantivo del Trabajo de más de 70 años y desde hace 30 años la Constitución Política elevó el rango de los principios laborales, además de que requirió al legislativo para que expidiera el estatuto del trabajo, que a la fecha no cuenta ni con un proyecto cursando en el congreso. Hasta ahora la aplicación de esas normas han resultado el privilegio de pocos que cuentan con un empleo formal.
El empleo en condiciones formales tiene con la regulación nacional medidas para su dignificación, pues se ofrece equitativo, con previsiones que consideran al trabajador como el débil de la relación económica y por tanto lo protegen, además de que el salario no es posible que sea inferior al mínimo, buscando así garantizar que alcance para solventar las necesidades básicas y del núcleo familiar.
La evolución de la protección del trabajo ha llegado a la definición de un Objetivo de Desarrollo Sostenible en la Agenda 2030 de la ONU y promete que este sea decente, de tal forma que se ofrezca sin discriminación y con equidad, además de cuente con garantías de protección social, de descanso y recreación, con compromisos por la erradicación del trabajo forzoso e infantil, así como procurando generar oportunidades para quienes más lo requieran.