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Estrategia del sistema de salud en la pandemia

Programa de pruebas rastreo y aislamiento selectivo sostenible (PRASS)

3 de septiembre de 2020
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Con lo que han denominado PRASS se adopta una nueva estrategia para ponerle el pecho a los efectos del covid 19 en Colombia que supera el medio millón de contagios, como un Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible que busca incrementar la capacidad de las pruebas que se realizan de diagnóstico, al tiempo de identificar a los casos positivos y sus contactos, contemplando por primera vez el reconocimiento de un aporte económico dirigido a toda la población sin importar su contribución con cotizaciones al sistema de salud. 

Nunca antes de esta pandemia en el sistema de seguridad social en salud, que promueve la afiliación contributiva, se había realizado entrega de un dinero como una prestación económica en beneficio de las personas del régimen subsidiado, haciendo que una medida excepcional de la emergencia sanitaria se convierta en un hito en la progresividad de los derechos de las personas que no contribuyen económicamente al sistema, al beneficiarse por la idea que surge de garantizar con sostenibilidad económica un aislamiento de catorce días a aquellos confirmados de contagio y sus contactos.

El PRASS tiene como propósito integrar a todos los actores del sistema de salud incluidas las EPS, las alcaldías y gobernaciones, los empleadores y contratantes de servicios, las ARL, la ADRES como administradora de recursos del sistema de salud y otros prestadores de aseguramiento en salud, tales como las entidades de medicina prepagada, estableciendo responsabilidades específicas para el seguimiento del cerco epidemiológico de casos y para realizar las transferencias de dinero a los afiliados que deban ser aislados de manera selectiva.

Photo by cottonbro from Pexels

Desde la Constitución Política de 1991 se ha venido con una transformación en el derecho fundamental a la salud que nos tiene hoy con medidas que promueven una cobertura muy cerca de la universalidad y que se basa en un concepto de pluralismo estructurado, el que integra a la población para que como sociedad ofrezca una respuesta organizada de las instituciones a las necesidades de salud pública. Este esquema plural y solidario se pone en evidencia en momentos críticos como los actuales, en los que las instituciones ordinarias de seguridad social no ofrecen soluciones a las necesidades de subsistencia de las personas que no contribuyen al sistema de salud. 

El PRASS distingue a la población entre quienes habiendo sido diagnosticados con covid 19 sean sintomáticos o asintomáticos, además de diferenciar a los que trabajan para el sector privado, para el sector público, a los trabajadores independientes, a la población que pertenece al SISBEN y a quienes no tienen ninguna clase de aseguramiento, y con ello definir cuales son los mecanismos que se ofrecen para hacer sostenible económicamente los aislamientos selectivos de los detectados con el virus y sus contactos. 

En el caso de las personas sintomáticas trabajadoras tanto del sector público como privado y para los independientes, ante la existencia de síntomas el médico deberá expedir la incapacidad médica por enfermedad general y el sistema ofrecer el reconocimiento usual de los dos primeros días a cargo del empleador, a partir del tercer día hasta el día ciento ochenta a cargo de la EPS, o en el caso en que sea considerada una enfermedad laboral con cargo totalmente de la ARL.

Para las personas del régimen subsidiado en salud, tanto sintomáticas como asintomáticas, está prevista una compensación económica temporal que se paga por una sóla vez y con el derecho en favor de sólo una persona del núcleo familiar a recibir el equivalente de siete días de salario mínimo legal diario. 

Photo by Gustavo Fring from Pexels

Cuando se trate de trabajadores asintomáticos que requieran del aislamiento se contemplan tres alternativas, teniendo como primera opción el permiso remunerado con respaldo en los apoyos a la nómina del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), seguido de optar por las figuras del teletrabajo, trabajo en casa, jornada laboral flexible o vacaciones anticipadas, permisos y licencias remuneradas, y para aquellos trabajadores que por riesgos propios del empleo deben atender el aislamiento, está la tercera opción de reconocimiento hasta por un salario mínimo legal mensual a cargo de la ARL.

Finalmente, para las personas que no tengan aseguramiento como los trabajadores informales que no pertenezcan al SISBEN, los migrantes en condición de irregularidad o los independientes asintomáticos que con el aislamiento no puedan ejercer su actividad generadora de ingresos, se ha anunciado un sistema asistencial de transferencias que será equivalente al valor de la diferencia de los dineros que ya se entregan como programas sociales. 

Con estas medidas se insiste en las opciones asistencialistas que no contemplan mecanismos que apunten al problema central del empleo y el recaudo contributivo para nutrir las finanzas del sistema de seguridad social, además de ser consideradas por los gremios de los empresarios como figuras que no solucionan los problemas y las altas cargas económicas que se le dejan a los empleadores, como cuando la actividad laboral de los trabajadores asintomáticos no se puede desarrollar por trabajo remoto desde el aislamiento en sus casas, sumado a los costos que están debiendo asumir las empresas para la realización de pruebas, así como el largo tiempo que transcurre entre la prueba y el resultado en el que la población laboral con sospecha de contagio queda improductiva.

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Cristina Londoño R.

Cristina Londoño R.

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La Autora

Cristina Londoño R.

Abogada de la Universidad Libre de Bogotá D.C., especialista en Derecho Laboral, de la Seguridad Social y Derecho Tributario de la Universidad del Rosario y magíster en Ciencias Jurídicas de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

Docente universitaria, con experiencia en, asesoría integral de empresas, acciones de tutela, atención de audiencias y asuntos judiciales laborales, acompañamiento empresarial en procesos de fiscalización ante la UGPP y entidades de seguridad social, participación en negociación colectiva y árbitro en Tribunales de Arbitramento obligatorio con sindicatos, así como auditora HSEQ y de norma ISO 17024.

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