¿Es la reducción de la jornada laboral una equivocación?

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La Asociación Nacional de Empresarios (ANDI) califica como una equivocación a la iniciativa legislativa que busca reducir la jornada máxima legal del trabajo en Colombia. El proyecto, que fue aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado y se basa en la idea de reducción de la jornada laboral, debe ser también observado con otra trascendencia, y son las facultades que se asignan al Ministerio del Trabajo para regular sobre la cotización mínima, es decir, sobre el valor de la hora del salario mínimo legal mensual vigente.

La hipótesis del ponente para esta reducción es que con menos horas de trabajo se mejora la motivación de las personas trabajadoras y con efecto inmediato se mejora la productividad. Para llegar a tal conclusión, el proyecto no contempla medidas ni indicadores ya previstos en los factores laborales que determinan la motivación y la productividad en una relación de trabajo.

Por cada sector de la economía se encuentran varias dinámicas sociales que intervienen en el desarrollo de cada proceso productivo. Por ejemplo, en la ruralidad y el sector urbano, la dinámica diaria de alimentos, transporte, orden público, conformación familiar, recreación, bienestar, informalidad laboral y economía ilegal, contribuyen a las diferencias que adicionalmente se dan entre los sectores por su actividad diaria. La actividad económica y las condiciones territoriales y sociales de los procesos productivos interactúan en la distinción de las actividades económicas y evidencian necesidades diferentes de organización del tiempo laboral en cada una.

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A todo lo que se extraña del análisis de este proyecto se suman las condiciones de los segmentos de la sociedad que participan de manera distinta en el mercado laboral. Esto es, que hay poblaciones con necesidades inminentes de actos de equidad, que requieren como mínimo que se les dé un trato transversal hacía la priorización y que en el proyecto no son considerados.

Estos grupos son los jóvenes y las mujeres que necesitan de acciones para recomponer su participación en el empleo y que a pesar de los esfuerzos históricamente se han mantenido incomprendidos.

En el mismo proyecto se evidencia el inconveniente que también representaría para la fuerza productiva que está más vigente: los hombres. Con soportes de una matriz de trabajo del DANE se concluye que el mayor impacto de reducción de la jornada está para las actividades productivas en las que mayormente participan los hombres, como son la agricultura, la construcción y la industria manufacturera, que actualmente tienen para sus asalariados jornadas de 48 horas. Tal reducción generaría un mayor impacto en las actividades inmobiliarias, de explotación de recursos no renovables y del comercio de automotores en las que los hombres están por encima de las 50 horas semanales.

Dentro de la actual regulación laboral se cuenta con esquemas sistemáticos que gestionan y evalúan la protección y la seguridad de los trabajadores en el tiempo laboral y que permitirían entender las condiciones satisfactorias que los llevan a contar con motivación o no para la actividad del trabajo diario. De tal forma, mejor sería estudiar con los sistemas de gestión los distintos factores psicosociales de las personas, comprender los puestos de trabajo y las actividades que generan riqueza mientras se atienden las necesidades de la sociedad.

Hace falta por lo tanto que en la actual situación de crisis se vea con claridad dónde está la sostenibilidad de nuestra economía y el valor de la fuerza productiva. Haciendo dudoso entonces, que la medida de sostenilidad de la crisis sea el encarecimiento de los costos laborales y que este proyecto le carga a los empresarios. De prosperar la iniciativa, la empresa privada estaría obligada en asumir más de millón y medio de pesos que ya cuesta mensualmente cada trabajador formal, posiblemente encareciendo su producto o servicio para cubrir tal incremento en el gasto asociado.

Adicionalmente y lo que no ha sido noticia en el curso de los debates, son los propósitos de flexibilización en la contratación laboral que cuelgan de la idea de reducir la jornada. La regulación de la contratación de tiempo parcial y los aportes parafiscales a la seguridad social de la contratación por horas que trae el proyecto, son ideas centrales que merecen el análisis de todos los intervinientes y que por tratarse de la conformación de los elementos esenciales de un tributo debemos cuestionarnos si la vía de reglamentación es la adecuada.

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Lejos del equilibrio social que se anuncia y sus promotores afirman corresponder a las ideas de fraternidad al servicio de la economía, se ve con alta sospecha que este proyecto atenta contra el sector privado, el que además de soportar el encarecimiento en el gasto de su actividad productiva participa de la reducción en el PIB que todos cargamos y se pronostica con impacto del 1.3%.

Finalmente, para resaltar con la crítica, la gran equivocación podría estar en que ni siquiera estemos hablando del mayor desacierto que representa autorizar la regulación de un tributo por parte del ejecutivo y lo que implica con ello dejar a las contribuciones parafiscales de la seguridad social por fuera de las garantías que ofrece el principio de legalidad y representación democrática.

 

 

 

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