El concepto de la seguridad social en todas sus facetas se ocupa de los mecanismos por los que las personas atienden las necesidades que sin el soporte colectivo ellas mismas no se podrían satisfacer, pues aún a pesar de que cuenten con recursos o que actúen con previsión, por las características de las necesidades generalmente se pueden solo superar con asistencia, ya sea familiar, social o colectiva.
En cuanto a las instituciones de la seguridad social, éstas son herramientas por las que de manera organizada una sociedad interviene para atender esos riesgos sociales e individuales que no logra cubrirse la persona con su propio esfuerzo.
La faceta institucional es muy relevante para que podamos aspirar a reducir cuales son las reglas jurídicas de la seguridad social en Colombia, que actualmente predomina el intervencionismo del estado para resolver las necesidades de las personas, pero para llegar allí, la idea principal a través de la historia ha sido que cada quién debe sobrellevar sus circunstancias, mientras que la humanidad ha venido organizándose, en un principio con herramientas de carácter colaborativo.
La caridad, la solidaridad y la previsión eran el respaldo de los riesgos; así sucedió en la Grecia antigua con los centros de consumo de las “casas del jefe”, por las que se registran los primeros actos de redistribución de aristócratas, o en Babilonia, que los dueños de los esclavos asumían los honorarios del sanador para los enfermos, o las soluciones de ayuda mutua que nacen en la edad media con las Guildas basadas en criterios de la fe cristiana(1), así como los indígenas de América que recaudaban de la venta de sus productos para atender a los enfermos(2) .
En los estados modernos ante el incremento de la población se agudiza la necesidad de instaurar instituciones humanistas para atender las necesidades de los ciudadanos, naciendo en 1883, con el protagonismo del denominado “arquitecto de la unidad alemana”(3), el desarrollo de las primeras herramientas de aseguramiento de los riesgos humanos y que llegaban con la idea política de contrarrestar las ideas socialistas que surgieron en respuesta del proceso de industrialización.
Las medidas del alemán Bismarck eran de sentido asistencialistas, reconociendo por primera vez el derecho al bienestar por parte de los trabajadores y haciendo obligatorias previsiones sociales que protegían las circunstancias del embarazo, de la accidentalidad y la enfermedad.
La necesidad de cubrir los riesgos de subsistencia de las personas también fue asunto central en 1919 con el Tratado de Versalles y la conformación de la OTI, en este faceta como una respuesta al peligro que representaba una ciudadanía que fácilmente atentaría contra la convivencia social movilizada por las insatisfacciones que le generaban sus carencias. Ver: Un poco de historia sobre la dignificación del trabajo
En latinoamérica, con los actos que le antecedieron a la independencia, Simón Bolívar en su declaración ante el Congreso de Angostura(4), meses antes de la batalla que diera origen a la libertad de lo que para entonces se denominaba la Nueva Granada, promete la conformación de un sistema de gobierno orientado a la perfección, y entendido como “aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política”(5).
En la búsqueda de herramientas para alcanzar los estándares de bienestar prometidos son pioneros los ingleses, habiendo empleado un mecanismo experimental que estudió a la sociedad de Gran Bretaña y que tenía como objetivo “hacer que la miseria no exista bajo ninguna circunstancia”, además de “que nadie dispuesto a trabajar mientras pueda, carezca de ingresos suficientes para hacer frente en todas las épocas de su vida a sus necesidades esenciales y las de su familia”(6).
La herramienta utilizada en Gran Bretaña fue un Plan de Seguridad Social liderado por William Beveridge, en el que a través de un programa de propuestas pretendía que se modificara la comprensión y regulación de la seguridad social, partiendo de los resultados sociológicos que el informe contenía sobre las necesidades y riesgos de la población del Reino Unido, como una sociedad que tenía las características propias de los tiempos de finalización de la segunda guerra mundial.
Del plan se concluye que la desocupación es el mayor de los males para la atención de las necesidades de los ciudadanos y promueve un esquema asegurador en el que se garantizarían las coberturas sistematizadas por parte del estado siempre y cuando las personas que tengan capacidad de trabajo mantengan la ocupación.
Como otras contribuciones a la actual comprensión de las instituciones de seguridad social, el plan de Beveridge crea un sistema en el que la afiliación es el eje central para la consecución de lo derechos de las personas, además de que hace extensivos los derechos a toda la población, avanzando así en la figura universal de cobertura de los sistemas de seguridad social.
Fue entonces como las sociedades occidentales para llegar al imperativo que actualmente domina de seguridad social debieron transitar por la mera caridad, la solidaridad, distintas formas colectivas de previsión, hasta que finalmente se adopta el aseguramiento regulado y casi siempre cubierto con la participación tripartita tanto del individuo, como del que le compra su fuerza de trabajo y del estado en el que habita(7).
Lo más vigente está en la construcción de los modelos financieros y fiscales para garantizar los recursos del servicio público de la seguridad social, que es una institución que se sustenta en reservas matemáticas de recursos piramidales, que al tiempo depende de la tasa de natalidad, subsiste en medio de la actividad laboral formal y contributiva, y se administra con criterios de un esquema asegurador dentro de principios de hacienda y gasto público(8).
Arranca Colombia en 1945 a vivir la transición histórica que ya vimos de las instituciones de la seguridad social, cambiando estructuralmente en los años noventa con el inicio formal de la apertura económica, la llegada de la Constitución Política de 1991 y con ella la conformación de un estado social de derecho responsable del bienestar general, para finalmente en 1993 unificar las figuras de previsión social, en una herramienta que la Ley 100 denominaría el Sistema de Seguridad Social Integral(9).
La seguridad social en Colombia se edificó en fundamentos internacionales y en los derechos que la Constitución Política reconoce, como son la igualdad, la universalidad, la protección especial del trabajo y de la familia, el derecho a la salud, la libertad de empresa, las condiciones del progresivo e irrenunciable derecho a la seguridad social, los derechos especiales de los disminuidos, de los niños y de las personas de la tercera edad, y en una regla importantísima para su conservación que es el principio de sostenibilidad fiscal y financiera.
Actualmente en Colombia se cuenta con amparos a la subsistencia y los fenómenos de vejez, enfermedad, accidentalidad, sobrevivencia, desempleo, indigencia, educación, recreación, muerte y necesidades familiares, protecciones que se cimientan en los principios y que la seguridad social aún debe apoyarse de las instituciones laborales estando expuesta su sostenibilidad a las condiciones del empleo.
1. Castillo, Santiago, Rufuza, Rafael (coords.) La previsión social en la Historia, 1ra Edición. Capítulo, SEGURA GRAÍÑO, Cristina, ¿Previsión social en la edad media?. 2009. 2. Apuntes de Derecho de la Seguridad Social. Juliana Morad Acero. Editorial Tirant Lo Blanch. 2019. 3. Zorgbibe, Charles. Historia de las relaciones internacionales, 1, De la Europa de Bismarck hasta el final de la Segunda Guerra Mundial. Alianza Editorial, S.A. Madrid, 1997 (traducción Miguel Ángel Vecino Quintana). 4. Segundo congreso Constituyente de la República de Venezuela llevado a cabo el 15 de febrero de 1819 en la ciudad Bolívar de la actual Venezuela. 5. Colaboradores de Wikisource, "Discurso de Simón Bolívar ante el Congreso de Angostura," Wikisource, La Biblioteca Libre,https://es.wikisource.org/w/index.php?title=Discurso_de_Sim%C3%B3n_Bol%C3%ADvar_ante_el_Congreso_de_Angostura&oldid=232749 (consultado el 27 de julio 2020). 6. Seguro Social y Servicios Afines - Informe de Lord Beveridge, Director de la Colección Álvaro Espina Montero, impreso por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de España en 1989 - Título original “Social insurance and Allied Services” de 1942. 7. López Villegas, Eduardo. Seguridad Social Teoría Crítica, Tomo 1. Sello Editorial Universidad de Medellín. 2011. 8. Piketty, Tomas. El Capital del Siglo XXI. Ediciones Fondo de Cultura Económica Colombia, Ltda. 2014. 9. Arenas Monsalve, Gerardo. El derecho colombiano de la seguridad social. Legis Editores S.A. Cuarta edición. 2018.