Luz verde a la Reforma Pensional

¿Qué significa para usted?

El pasado 25 de agosto de 2026, la Corte Constitucional se pronunció sobre la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional. Mediante la Sentencia C-264 de 2026, el alto tribunal declaró exequibles cerca de 90 de los artículos de la norma, exclusivamente frente a los cuestionamientos por vicios de procedimiento en su trámite ante el Congreso de República. Al mismo tiempo, la Corte devolvió a la Cámara de Representantes nueve puntos específicos de la ley, algunos artículos completos y algunos solo apartes, para que allí se subsanen las fallas identificadas.

Para los afiliados activos al sistema, personas que hoy cotizan en Colpensiones o en un fondo privado de pensiones, es natural que surjan preguntas sobre qué hacer de ahora en adelante. 

¿Qué quedó decidido y qué sigue pendiente?

La sentencia no evaluó si el contenido de la reforma es o no conforme con la Constitución Política de Colombia, debido a que sólo se limitó en revisar si el procedimiento legislativo cumplió los requisitos constitucionales. Esa es la razón de base para mantener en pie la estructura central de la ley, esto es; los cuatro pilares, i) solidario, ii) semicontributivo, iii) contributivo y de iv) ahorro individual, las edades de pensión vigentes, 57 años para mujeres y 62 para hombres y la cotización sobre el 16 % del ingreso.

La Cámara de Representantes tiene un plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del fallo, para tramitar formalmente las proposiciones que quedaron pendientes en los nueve puntos devueltos. Mientras eso ocurre, la entrada en vigencia de todo el nuevo sistema pensional quedó fijada para el 1 de abril de 2027, implicando con ello que hasta esa fecha también se mantienen suspendidos los términos de más de un centenar de demandas adicionales que cuestionan el contenido de fondo de la reforma.

¿Los afiliados activos cómo deben actuar ahora?

No es necesario tomar decisiones apresuradas, pues la reforma no entra en vigor de inmediato, ya que su aplicación está prevista para el 1 de abril de 2027 y aún depende de que la Cámara subsane los puntos observados por la Corte.

Muy importante verificar y confirmar con su fondo o con Colpensiones en qué régimen y con cuántas semanas cotizadas se encuentra.

Eso sí, mantenga organizada su historia laboral, solicite periódicamente un reporte de semanas cotizadas y guarde soportes de pagos, contratos y certificaciones laborales. Esta información será clave, en cualquier caso, sin importar cómo termine de definirse el nuevo sistema pensional.

Por ahora, hay que seguir atentos de los canales oficiales de la Cámara de Representantes y trámites de demandas que cursan en la Corte Constitucional para conocer el resultado final, siempre consultando fuentes oficiales, y si se quiere ir más allá, contar con una revisión de un experto de manera detallada del caso particular. 

Así las cosas, la decisión de la Corte Constitucional no es el punto final, solo representa un paso relevante en los avances hacía la implementación de la reforma pensional, pues aún persiste un trámite legislativo por completar, además de un número importante de demandas que la propia Corte debe revisar.

Para los afiliados activos, el mensaje práctico es mantenerse informados, conservar en orden su documentación y evitar decisiones basadas en interpretaciones apresuradas, mientras el sistema pensional colombiano termina de definir su rumbo.

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